TRABAJO PARA INMIGRANTES


TRABAJO PARA INMIGRANTES
¿Necesito obtener alguna autorización para trabajar?

Sí. Para la realización de cualquier actividad laboral o profesional, por cuenta propia o ajena, habrá que tramitar la correspondiente autorización administrativa previa para trabajar. Si usted tiene la condición de residente legal no laboral, podrá modificar su situación solicitando la correspondiente autorización de trabajo. Si usted está en situación de estancia por estudios o investigación podrá, asimismo, solicitar autorización para trabajar o modificar a residencia con trabajo cumpliendo determinados requisitos. Si usted no es residente legal en España, la autorización de residencia y trabajo concedida le permitirá obtener, en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en su país de origen, el correspondiente visado para residir y trabajar en España.
¿Dónde puedo solicitar una autorización de trabajo?
Las solicitudes deberán presentarse en las Oficinas de Extranjeros o, en su defecto, en las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Subdelegaciones del Gobierno o de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales, en las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares, cuando se trate de actividades por cuenta propia y en la Dirección General de Inmigración en los supuestos previstos normativamente. 
¿Cuándo puedo solicitar la renovación de la autorización de trabajo?
Deberá solicitarse durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración. También se podrá solicitar en los 3 meses siguientes a la fecha de expiración sin perjuicio de la sanción que proceda.

El resguardo de solicitud de renovación prorrogará la validez de la autorización hasta su resolución.
¿Puedo solicitar una autorización de trabajo permanente en España?
Sí, una vez acreditada la residencia legal en España durante un periodo de 5 años y obtenida la autorización de residencia permanente no será necesaria la obtención de autorización de trabajo.
La residencia permanente le autoriza a residir en España indefinidamente y trabajar en igualdad de condiciones que los españoles.

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